Información industriales Feriantes

INFORMACIÓN PAGO DE TASAS

El pago del primer plazo de la tasa a abonar para Instalaciones feriales de cara a la próxima Feria de 2025, que corresponde a un 25% del valor del lote, se realizará desde el día del 1 al 16 de diciembre de 2024.

Para descargar el recibo y proceder a su abono, es necesario entrar en la web de la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria de Sevilla. Una vez dentro, pinchar en el enlace Tasa, precios públicos y otros ingresos. Al acceder, seleccionar el tipo de tasa e introducir el CIF o DNI (no hace falta el número del expediente) y descargar el recibo.

Igualmente, por acuerdo de la Junta de Gobierno en sesión celebrada el 14 de noviembre de 2024, el pago del segundo plazo podrá realizarse hasta el jueves de feria inclusive.


ADJUDICATARIOS ACTIVIDADES FERIALES 2025


PLAZO DE SOLICITUDES PARA ACTIVIDADES FERIALES 2025

Entre los días 1 y 31 de octubre de 2024, ambos inclusive, permanecerá abierto el plazo para solicitar la adjudicación de lotes para el asentamiento de actividades feriales en el recinto de atracciones de la Feria de Sevilla de 2025.

El modelo de solicitud, así como la documentación adjunta se publicarán en el Tablón de Edictos y en la web www.sevilla.org del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla.


Las Entidades, deberán presentar obligatoriamente la solicitud en de la web del Exmo. Ayto. De Sevilla conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, a través de los siguientes enlaces:

PRESENTACIÓN TELEMÁTICA DE SOLICITUDES

  • Solicitud de Renovación de Actividades Feriales 2025  "PULSE aquí"
  • Solicitud de Nueva Actividad Ferial Industrial ferial (Novedad) 2025  "PULSE aquí"

En el caso de Personas Físicas las solicitudes se presentarán preferentemente en la web del Exmo. Ayto. de Sevilla (A través de los enlaces indicados).También podrán presentarse en las Oficinas de asistencia en materia de Registro, Plaza de San Sebastián núm. 1, de lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:00, así como en los Registros Auxiliares de los Distritos Municipales (en este caso, en horario de tarde, mediante cita previa) y por los demás medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación a aportar en caso de opción presencial (solo personas físicas)