Convocatoria para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al Fomento de la Lectura en Librerías, a la Producción Editorial y a la Promoción Internacional de Editoriales Sevillanas correspondientes al año 2024

El 8 de octubre de 2024 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla el extracto de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas al Fomento de la Lectura en Librerías, a la Producción Editorial y a la Promoción Internacional de Editoriales Sevillanas correspondientes al año 2024, aprobada por acuerdo del Consejo de Administración del Instituto de la Cultura y las Artes de Sevilla de fecha 27 de septiembre de 2024, cuya información y documentación figura a continuación.

Número de expediente: 532/24

Plazo de presentación: del 9 al 29 de octubre de 2024 (ambos inclusive).

Dotación máxima: 216.000 €

Periodo subvencionable: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024.

Correo electrónico de contacto: subvenciones.icas@sevilla.org

MODALIDADES:

  • Modalidad A: Fomento de la lectura en librerías.
  • Modalidad B: Producción editorial.
  • Modalidad C: Promoción internacional de editoriales sevillanas.

Enlaces disponibles:

Bases Reguladoras para la Concesión de Subvenciones Públicas en Régimen Concurrencia competitiva por el Instituto de la Cultura y las Artes de Sevilla

Convocatoria para la concesión de Subvenciones Públicas en Régimen de concurrencia competitiva destinadas al fomento de la lectura en librerías a la producción editorial y a la promoción internacional de editoriales sevillanas correspondientes al año 2024.

Información general en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación en la Convocatoria de Subvenciones al Fomento de la lectura en Librerías, a la Producción Editorial y a la promoción internacional de editoriales sevillanas correspondiente a 20224, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula novena de la convocatoria, se hace público el listado de solicitudes que deben ser subsanadas, para lo cual se dispone de un plazo improrrogable de 10 días hábiles.

REDUCCIÓN DE PLAZOS
De conformidad con el art. 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se reducen a la mitad los plazos administrativos, por razones de interés público.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y el trámite de subsanación de las mismas, a la vista de los expedientes y del informe emitido por la Comisión de Valoración, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 10 de la convocatoria pública para la concesión de subvenciones correspondiente al año 2024 a Fomento de la lectura en librerías, Producción editorial y Promoción internacional de editoriales, y con el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), por el instructor del procedimiento se formula la propuesta de resolución provisional que se adjunta, junto con el acta de la Comisión, otorgándose un plazo de 5 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación en el Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, para aportar la documentación que se indica en la cláusula décima de la convocatoria, incluyendo la aceptación, o en su caso, renuncia a la subvención utilizando los correspondientes Anexos de la Convocatoria, para presentar la reformulación si procede o bien, para presentar las alegaciones que se estimen pertinentes.


RESOLUCIÓN DEFINITIVA

Efectuada en fecha 27 de noviembre de 2024 la propuesta de Resolución provisional referida en la cláusula séptima de las Bases Reguladoras, cuyo anuncio se publica en el tablón de edictos del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla el 28 de noviembre de 2024 estableciendo un plazo de diez días hábiles a fin de formular alegaciones o, en su caso, aportar la documentación que establece la cláusula décima de la Convocatoria, incluyendo la aceptación o renuncia a la subvención y la reformulación si procede.

Habiéndose valorado la documentación presentada con aplicación de los principios de libre concurrencia, transparencia y objetividad y de acuerdo con las características, requisitos y criterios establecidos en la Convocatoria; teniendo en cuenta el informe y puntuaciones finalmente otorgadas por la Comisión de valoración, se aprueba la Resolución definitiva.