Convocatoria de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva a la Creación Contemporánea, a la Movilidad Nacional e Internacional y a Festivales y Ferias Culturales de 2024

El 10 de septiembre de 2024 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla el extracto de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva correspondientes al año 2024, aprobada por acuerdo del Consejo de Administración del Instituto de la Cultura y las Artes de Sevilla de fecha 8 de agosto de 2024, cuya información y documentación figura a continuación.

  • Número de expediente: 533/24
  • Plazo de presentación: del 11 de septiembre al 1 de octubre de 2024 (ambos inclusive).
  • Dotación máxima: 525.000 €
  • Periodo subvencionable: del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024.
  • Correo electrónico de contacto: subvenciones.icas@sevilla.org

MODALIDADES:

  1. Programa de creación.
  2. Programa de agentes culturales.
  3. Programa de movilidad nacional e internacional.
  4. Festivales y Ferias Culturales

Bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia a la Creación Contemporánea, a la Movilidad Nacional e Internacional y a Festivales y Ferias Culturales de 2024.

Convocatoria para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Creación Contemporánea, a la Movilidad Nacional e Internacional y a Festivales y Ferias Culturales de 2024.

Información general en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

  • Convocatoria
  • Presentación de la solicitud y documentación. Sede Electrónica (Apartado: Ayudas, Subvenciones, Becas y Premios Cultura. Creación Contemporánea, Festivales 2024)

REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación en la Convocatoria de Subvenciones a la Creación Contemporánea, a la Movilidad Nacional Internacional y a Festivales y Ferias Culturales 2024, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula novena de la convocatoria, se hace público el listado de solicitudes que deben ser subsanadas, para lo cual de dispone de un plazo de 10 días hábiles.

REDUCCIÓN DE PLAZOS
De conformidad con el art. 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se reducen a la mitad los plazos administrativos, por razones de interés público.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y el trámite de subsanación de las mismas, a la vista de los expedientes y del informe emitido por la Comisión de Valoración, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 10 de la convocatoria pública para la concesión de subvenciones correspondiente al año 2024 a la creación contemporánea, a la Movilidad Nacional e Internacional y a Festivales y Ferias Culturales, y con el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), por el instructor del procedimiento se formula la propuesta de resolución provisional, otorgándose un plazo de 5 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación en el Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, para aportar la documentación que se indica en la cláusula décima de la convocatoria, incluyendo la aceptación, o en su caso, renuncia a la subvención utilizando los correspondientes Anexos de la Convocatoria o bien, para presentar las alegaciones que se estimen pertinentes.

 

RESOLUCIÓN DEFINITIVA
Efectuada en fecha 19 de noviembre de 2024 la propuesta de Resolución provisional referida en la cláusula séptima de las Bases Reguladoras, cuyo anuncio se publica en el tablón de edictos del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla el 20 de noviembre de 2024 estableciendo un plazo de diez días hábiles a fin de formular alegaciones o, en su caso, aportar la documentación que establece la cláusula décima de la Convocatoria, incluyendo la aceptación o renuncia a la subvención.

Habiéndose valorado las alegaciones presentadas con aplicación de los principios de libre concurrencia, transparencia y objetividad y de acuerdo con las características, requisitos y criterios establecidos en la Convocatoria; teniendo en cuenta el informe y puntuaciones finalmente otorgadas por la Comisión de valoración, se aprueba la Resolución definitiva"